Ordenanza municipal sobre uso de mascarillas en el contexto de brote covid 19
Articulo 1 °. Toda persona que transite fuera de una residencia particular, tales como espacios publicos o en lugares de uso publico, sean abiertos o cerrados, publicos o privados en la Comuna de Coelemu, debera usar permanentemente una mascarilla que proteja su nariz y boca. La mascarilla debera colocarse minuciosamente, para que cubra la boca y la nariz y anudarla firmemente para que no haya espacios de separacion con la cara.
Articulo 2°. La obligacion de usar mascarillas establecida en el articulo 1 °, se establece sin perjuicio de las demas medidas decretadas por la autoridad sanitaria como prioritarias en la proteccion contra el COVID-19, tales corno el lavado frecuente de manos, el distanciamiento social y entre otras que la autoridad sanitaria determine.
Articulo N°3. La medida antes establecida, regira a partir del lunes 20 de abril de 2020 y hasta que se mantenga vigente el Decreto N° 104 del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, de fecha 18 de marzo de 2020, que «Declara Estado de Excepcion Constitucional de Catastrofe, par Calamidad Publica, en el Territorio de Chile» o su respectiva prorroga, o bien, hasta que el Alcalde, previo acuerdo del Concejo Municipal, asi lo determine.
Articulo 4°. La infraccion al articulo 1 ° de esta Ordenanza, podra ser sancionada con multa de hasta 1 UTM.
Articulo 5°. La fiscalizaci6n de esta Ordenanza sera realizada por Carabineros de Chile y/o Inspector Municipal,